Congreso propone suspensión de alcaldes y gobernadores por incapacidad en COVID-19
En Ancash las municipalidades provinciales de Yungay, Santa, Huari y Huaylas y las comunas distritales, en su mayoría huarinas, no superan ni el 50 % del gasto pese a la transferencia del Gobierno Central. El Gobierno Regional llega solo a 28% de gasto de la transferencia.
A finales de marzo de este año el Gobierno Central transfirió 200 millones de soles entre todas las municipalidades del país para la atención del estado de emergencia por COVID-19. Casi un mes después, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de su portal de transparencia, informó que 648 municipios presentaban 0 % de ejecución del dinero recibido y que otras no superaban el 50 % del gasto público pese a la necesidad.
Caso Ancash
En nuestra región existen casos como los de las municipalidades de Yungay, Santa, Huari y Huaylas quienes son las comunas provinciales que aún no superan ni el 50 % de gasto por COVID-19. Algo que viene siendo duramente cuestionado por la ciudadanía.
Las municipalidades distritales más resaltantes que no superan también el 50 % en Ancash son Nuevo Chimbote, San Marcos, Chavín de Huantar, Anra, Huacchis, Masin y Rapayán haciendo de los municipios millonarios de Conchucos quienes menos gastan en esta pandemia.

El Gobierno Regionales, por su parte, al 12 de mayo del 2020 registra un gasto minúsculo de tan solo 28.4% que llama la atención en el marco de la crisis sanitaria por el coronavirus.

¿Ley para suspender autoridades?
En ese contexto, el parlamentario Paul García Oviedo, de la bancada de Acción Popular, presentó un proyecto de ley N° 5135/2020-CR, que incorpora como nueva causal de suspensión de autoridades regionales y locales la incapacidad de gestión durante la emergencia.
De acuerdo al dispositivo recibido por el Legislativo el último 7 de mayo, se modificaría de forma excepcional el artículo 31° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, al agregar que procede una suspensión del cargo de gobernadores regionales o vicegobernadores si no ejecutan el 30 % del presupuesto recibido en un tercio del plazo de emergencia.
“Esta medida es excepcional y es aprobada por el Consejo Regional por mayoría simple, siendo su decisión inapelable, extendiéndose la suspensión hasta el término que dure la declaratoria de emergencia nacional o su ampliatoria”, se lee en el documento.
Modificatoria
Sobre el caso de las municipalidades, el artículo 3 del proyecto de ley señala que se modificaría el artículo 25° de la Ley N° 27972, la suspensión del ejercicio de los cargos de alcalde o regidor se realizará por decisión de la mayoría simple del Consejo Municipal, también si no se gestiona o ejecuta el 30 % del presupuesto asignado por la emergencia.
“Se busca garantizar la operación de los servicios públicos a su cargo, principalmente gestión de residuos sólidos y agua potable y saneamiento en el caso de los gobiernos locales, y atención de salud en el caso de los gobiernos regionales”, agregó el parlamentario de Acción Popular.
El Documento
